Doble condena en Villa María por violencia de género y lesiones

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La Cámara del Crimen de Villa María dictó este viernes 31 una serie de condenas de prisión efectiva que ponen de manifiesto la rigurosidad judicial ante delitos de violencia de género y lesiones en la región. En el caso más grave, un joven de 24 años, identificado por sus iniciales R.B.T., fue sentenciado a tres años de cárcel de cumplimiento efectivo tras ser hallado culpable de múltiples delitos en perjuicio de una víctima en el marco de una causa de instancia privada.

Un historial de abusos, amenazas y desobediencia judicial

El condenado, quien se desempeñaba realizando trabajos ocasionales de pintura, acumulaba una serie de graves cargos en su contra. La Justicia lo declaró autor penalmente responsable de los delitos de lesiones leves calificadas reiteradas, desobediencia a la autoridad reiterada, abuso sexual sin acceso carnal agravado, amenazas, daño y lesiones leves, todos bajo la figura jurídica de concurso real.

La acumulación de estas tipificaciones penales refleja un patrón de conducta violenta y sistemática, agravado por haber desobedecido de manera reiterada las órdenes de restricción impuestas previamente por la autoridad competente para proteger a la víctima.

Absolución parcial por falta de pruebas

Durante el desarrollo de las audiencias, el tribunal analizó minuciosamente cada uno de los hechos imputados a R.B.T. En ese sentido, la Justicia resolvió absolver al joven de 24 años por dos de las acusaciones que pesaban en su contra, correspondientes a los delitos de hurto y daño.

La decisión de absolverlo por estas figuras específicas se tomó debido a que, a lo largo del proceso del juicio, no se pudieron acreditar con certeza las pruebas necesarias para determinar su responsabilidad penal en dichos eventos.

Segundo veredicto: prisión efectiva para un jornalero reincidente

En la misma jornada de audiencias de este viernes 31, la Cámara del Crimen de Villa María dictó una segunda sentencia condenatoria. En esta oportunidad, el imputado fue Leandro Franco Sarmiento, de 47 años de edad, quien se desempeñaba como jornalero en la región.

Sarmiento recibió la pena de un año y dos meses de prisión de cumplimiento efectivo luego de someterse a un juicio de modalidad abreviada. El tribunal lo declaró autor penalmente responsable del delito de lesiones leves calificadas. Un factor clave en la resolución de su condena fue la declaración de reincidencia, una circunstancia penal que impidió una pena de ejecución condicional y lo obligará a cumplir el tiempo tras las rejas.

Los actores judiciales detrás de las sentencias

La conducción del debate y la sentencia final del caso de R.B.T. estuvo a cargo de la jueza de la Cámara del Crimen, Eva Flores. En ambos procesos judiciales, la representación y asistencia técnica de los acusados estuvo bajo la responsabilidad de la asesora letrada Ivana Castoldi, quien ejerció la defensa tanto del joven pintor como del jornalero reincidente.

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