Crimen del gestor Álvez: se definieron las defensas de los acusados

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La causa judicial que investiga el trágico homicidio del gestor Rolando Gabriel Álvez, de 44 años, ocurrido en su local del barrio Lamadrid, alcanzó un paso clave para el avance del expediente. Fuentes del fuero local confirmaron que los cuatro detenidos por el hecho completaron la designación formal de sus representantes legales. Con este requisito cumplimentado, la fiscalía de instrucción a cargo del doctor René Bosio quedó plenamente habilitada para receptar las correspondientes declaraciones indagatorias.

Así quedó conformada la asistencia letrada de los imputados

La defensa técnica del grupo de acusados estará dividida entre la asistencia pública y la representación privada. En ese sentido, Diego Nazareno Frugnoletti (43) y su pareja Cintia Andrea Vago (40) contarán con el patrocinio de la defensora pública Ivana Castolldi, quien intervendrá en todos los actos procesales del binomio.

Por su parte, Víctor Damián Díaz (40), domiciliado en la ciudad de Córdoba, nombró como abogado defensor particular a Daniel González, jurista proveniente de la misma capital provincial. Asimismo, Daniel Alexis Mondino (44) tendrá la asistencia técnica del abogado letrado Eliseo Boiero.

Imputación grave y antecedentes en la provincia

La fiscalía interviniente atribuyó a las cuatro personas la presunta coautoría del delito de homicidio en ocasión de robo. Según trascendió desde las dependencias judiciales, los tres hombres y la mujer apresados registran antecedentes policiales y penales en el territorio cordobés, habiendo purgado condenas previas por otros ilícitos. Actualmente, los sospechosos permanecen privados de la libertad y alojados en el establecimiento penitenciario ubicado en el barrio Belgrano, a la espera de las determinaciones del magistrado.

Las detenciones se hicieron efectivas en la tarde del último viernes en la localidad de Pilar. Agentes de las fuerzas de seguridad interceptaron a los acusados mientras se desplazaban en una camioneta Toyota Hilux sobre el trazado de la Ruta Nacional 9, en el tramo comprendido entre las calles Catamarca y Julio Castellano.

Los alcances procesales de la declaración indagatoria

Con las representaciones técnicas formalizadas, la investigación se adentra en la fase regulada por los artículos 258 al 266 y 305 al 306 del Código Procesal Penal de la Provincia de Córdoba. La indagatoria constituye el acto sustancial donde se formaliza la imputación y se le concede al acusado la oportunidad procesal de ejercer su defensa ante la Justicia, informándole detalladamente sobre las pruebas reunidas en su contra.

Cabe remarcar que el imputado no presta juramento de decir verdad y bajo ninguna circunstancia puede ser obligado o presionado a declarar o confesar. Antes de la audiencia es obligatorio el contacto y el patrocinio del abogado defensor. Asimismo, la persona acusada conserva la facultad de abstenerse de declarar sin que dicha decisión genere ninguna presunción de culpabilidad en su contra.

Plazos y continuidad de la investigación penal

El acto indagatorio da por iniciado el plazo formal de la investigación penal preparatoria a cargo de la fiscalía, fijado en un término inicial de tres meses que resultan prorrogables según la complejidad de la causa. En un proceso instruido por homicidio, el tribunal no requiere indispensablemente de la confesión ni del testimonio del imputado para avanzar en las medidas de prueba, disponer la prisión preventiva o requerir la elevación del expediente a juicio oral.

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