La Cámara del Crimen de Villa María dictó una sentencia de tres años de prisión de cumplimiento efectivo para Franco David Fierro, un hombre de 30 años que acumulaba un preocupante historial delictivo en la ciudad. La resolución se tomó este miércoles en el marco de un juicio abreviado, tras acreditarse su responsabilidad en múltiples hechos de robo, encubrimiento y violencia física.
Un frondoso prontuario de robos, escalamiento y violencia en la ciudad
Fierro, quien es oriundo de la ciudad bonaerense de Mar del Plata pero se encontraba radicado en Villa María, fue declarado autor penalmente responsable de una serie de delitos que mantenían en alerta a los vecinos. La condena unificó cargos por robo calificado por escalamiento, robo reiterado en tres hechos, encubrimiento y lesiones leves calificadas, todos ellos concurrentes bajo la figura jurídica de concurso real.
La acumulación de estas causas penales y la gravedad de la modalidad de los robos —que incluían el ingreso a propiedades mediante escalamiento de muros y rejas— determinaron que la pena impuesta sea de cumplimiento efectivo en un establecimiento penitenciario, descartando cualquier beneficio de libertad condicional debido a la reincidencia y la sistematicidad de su conducta.
Tratamiento por adicciones y educación obligatoria tras las rejas
La audiencia del juicio abreviado estuvo presidida por la vocal de la Cámara, la Dra. Lezama, mientras que la representación legal del imputado estuvo en manos de la abogada defensora Ivana Castoldi. Más allá de la privación de la libertad, el tribunal consideró fundamental abordar las causas subyacentes de la conducta delictiva de Fierro.
En este sentido, la Dra. Lezama dispuso en su fallo una serie de reglas complementarias de cumplimiento obligatorio para el condenado. Fierro deberá someterse de manera obligatoria a un tratamiento psicológico especializado para abordar sus problemáticas de consumo de sustancias, además de la exigencia de finalizar sus estudios formales durante el tiempo que permanezca en prisión.
El peso de los antecedentes penales en la condena final
La severidad de la pena impuesta este miércoles no fue casual. Al momento de dictar la sentencia en el acuerdo de juicio abreviado, el tribunal computó de manera negativa un antecedente penal previo que pesaba sobre el imputado: una condena anterior a un año de prisión de ejecución condicional.
Al haber quebrantado los términos de aquella primera condena y reincidir en hechos delictivos de mayor gravedad, la justicia local determinó que esta nueva pena de tres años sea de cumplimiento efectivo tras las rejas, cerrando así un ciclo de robos reiterados que afectó la propiedad y la integridad física de los villamarienses.

