Condenaron a siete años de prisión a un hombre por abusar de dos menores

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En una audiencia de carácter privado desarrollada en los Tribunales de Villa María, la Justicia local condenó a siete años de prisión de cumplimiento efectivo a un hombre identificado por sus iniciales, V.A.A., tras hallarlo culpable de haber abusado sexualmente de dos personas menores de edad. La resolución se dio bajo la modalidad de un juicio abreviado, una instancia donde el acusado admitió formalmente su responsabilidad en los aberrantes hechos que se le imputaban.

Un pacto judicial tras la confesión del acusado

El proceso abreviado fue posible gracias al acuerdo alcanzado entre las partes, una vez que el imputado V.A.A. decidiera confesar los delitos descritos en la acusación fiscal. El tribunal que dictó la sentencia estuvo presidido por la vocal de Cámara, la doctora Eva Flores, mientras que la asistencia técnica y defensa del acusado estuvo a cargo del abogado Joaquín González.

Al optar por esta vía procesal, se agilizaron los tiempos judiciales de una causa delicada que, por involucrar a víctimas menores de edad, requirió que las deliberaciones y la audiencia se mantuvieran bajo estricta reserva para preservar la identidad y la integridad de los afectados.

La gravedad de los cargos y el escenario de los abusos

La magistrada Eva Flores declaró al imputado autor penalmente responsable de una serie de delitos tipificados como

«abuso sexual simple y abuso sexual gravemente ultrajante en concurso ideal con corrupción de menores agravada por la edad de la víctima, en carácter continuado y en concurso real»

.

De acuerdo a las constancias del expediente judicial, los hechos ocurrieron en la localidad de Pampayasta Sud. La investigación logró determinar que los abusos se desarrollaron de manera continuada durante un período comprendido entre el año 2024 y febrero de 2025, teniendo como víctimas a dos menores de edad de la mencionada comunidad.

Obligación de asistencia psicológica en el penal

Además de fijar la pena privativa de la libertad en siete años de cárcel efectiva, la jueza Flores incorporó una medida correctiva y de resguardo en la sentencia. Dispuso de manera obligatoria que el condenado sea sometido a un tratamiento psicológico y especializado dentro del establecimiento penitenciario donde cumpla su condena.

Esta asistencia médica y terapéutica obligatoria, según se detalló en la resolución, deberá ser acorde a la naturaleza de los graves delitos contra la integridad sexual por los cuales fue condenado, buscando abordar la problemática del agresor durante su periodo de reclusión.

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