En una resolución dictada este martes 29 de septiembre, la Cámara del Crimen de Villa María condenó a cuatro años de prisión efectiva a Diego Hugo Thur (36) y a su cuñada, Carla Magalí Moyano (35), tras encontrarlos culpables del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Ambos procesados, vecinos de la localidad de James Craik, llegaron al banquillo de los acusados sin antecedentes penales previos, en una causa que los situaba en el centro de una investigación por narcomenudeo iniciada en septiembre de 2024.
Pruebas clave y el testimonio que acorraló a los acusados
El entramado delictivo comenzó a desmoronarse en febrero de 2025, cuando efectivos de la Fuerza Policial Antinarcotráfico (FPA) interceptaron a Thur en la vía pública de James Craik. Durante el procedimiento de palpado, los agentes hallaron ocultos en la zona de los genitales un total de 13 envoltorios de nylon que contenían aproximadamente seis gramos de cocaína fraccionada, una modalidad típica para la venta al menudeo.
A lo largo del debate oral, el fiscal de Cámara, Francisco Márquez, sostuvo la acusación apoyándose en un exhaustivo registro de llamadas telefónicas que vinculaba de manera directa a los imputados con el negocio ilícito. La prueba fundamental que terminó por comprometer la situación judicial de los cuñados fue la declaración testimonial de un comprador, quien reconoció explícitamente en la sala que le adquiría los estupefacientes a Thur de forma habitual.
La defensa de los imputados y las posturas de las partes
Pese a la contundencia de las pruebas presentadas por la fiscalía, ambos acusados insistieron en su inocencia durante sus alocuciones. Thur, quien se desempeñaba realizando tareas rurales de siembra y cosecha, intentó desligar a su cuñada y argumentó que sufría de adicción a las sustancias desde temprana edad.
“Yo no vendía, yo consumía, siempre consumí”
, aseveró ante el tribunal.
Por su parte, Carla Moyano, esposa del hermano de Thur, declaró que su actividad económica se limitaba exclusivamente a la repostería artesanal para sustentar a su familia.
“Yo nunca me dediqué a la venta de estupefacientes, tampoco consumo, siempre vendí elaboración en la cocina y vivíamos de eso, nunca vendí droga”
, manifestó durante la audiencia.
El dictamen de la jueza Eva Flores y el cierre del caso
Frente a los alegatos, el fiscal Márquez había solicitado inicialmente una pena de cinco años de prisión para Thur y cuatro para Moyano. A su turno, el abogado defensor Jorge Bustos requirió la absolución de ambos representados o, de manera subsidiaria, que la conducta de Thur fuese encuadrada bajo la figura de tentativa de comercialización.
Finalmente, tras valorar los elementos probatorios acumulados en el expediente —que acreditaban la venta de drogas desde una vivienda particular entre el 6 de septiembre de 2024 y febrero de 2025—, la jueza Eva Flores resolvió imponer la pena unificada de cuatro años de prisión efectiva para cada uno de los involucrados, dando por concluido el proceso judicial.

